La jueza sostuvo que quienes iniciaron la causa no poseen legitimación para representar a las personas por nacer.
Por falta de legitimación activa. La acción cuestionaba la validez del Protocolo para la Atención Integral de las Personas con Derecho a la Interrupción Legal del Embarazo.
El Máximo Tribunal consideró que el recurso extraordinario federal no reunía los requisitos formales. La acción había sido presentada por un grupo de personas “en defensa de los derechos de las personas humanas por nacer en nuestro país” y solicitaban la inconstitucionalidad de la Ley 27.610.